Declaración de uso de la marca
Tras la reforma a la ley mexicana de propiedad industrial, los registros de marca, marca colectiva, aviso comercial o de publicación de nombre comercial que hayan sido otorgados a partir del 10 de agosto del 2018 deberán declarar el uso real y efectivo de la marca.
La declaración deberá efectuarse al momento de la renovación de la marca o a más tardar dentro de los tres meses posteriores al cumplimiento del tercer año en el que ha sido obtenido el registro. La no declaración del uso de la marca conlleva como sanción la caducidad del registro.
Posibilidad de registrar nuevos tipos de marcas
La reforma de la ley mexicana de propiedad industrial incluyo igualmente la posibilidad de registrar nuevos tipos de marcas entre los que se cuentan las marcas de certificación, de sonido, de olor, la imagen comercial y los signos holográficos.